De acuerdo a la Ley Nacional de Protección de Datos Personales Nº 25.326, autorizo a la Cámara Argentino Portuguesa de Comercio Asociación Civil (“CAPC”) a enviarme información sobre sus actividades y doy mi libre, expreso e informado consentimiento para la recolección y tratamiento de los datos aquí cedidos en su base de datos almacenada en los sistemas informáticos de la CAPC, a efectos de gestión interna, de acceso restringido a socios, miembros de la Comisión Directiva y del Órgano de Fiscalización de la CAPC. Asimismo, entiendo y acepto que si los datos requeridos no fueran brindados o fueran inexactas, mi Solicitud de Admisión por la Comisión Directiva de la Cámara podrá ser denegada. Finalmente, me notifico de mi derecho de ejercer los derechos de acceso y rectificación de los datos proporcionados, y, una vez finalizada por cualquier causa mi relación con la Cámara, a solicitar la supresión de los datos proporcionados.
De ser aprobada esta Solicitud de Admisión por la Comisión Directiva de la Cámara Argentino Portuguesa de Comercio Asociación Civil - CAPC, la empresa será considerada socia de la Cámara renovándose automáticamente la membresía cada semestre, hasta tanto la CAPC reciba notificación escrita de renuncia por parte del asociado.
El firmante se notifica y acepta que, si por algún motivo decide su desvinculación como Socio de la Cámara, deberá presentar su renuncia por escrito y haber cumplido con el pago de las cuotas sociales devengadas hasta el día 30 del mes en que presente su pedido de desvinculación.
Acuerdo de Permanencia: El socio que ingresa deberá cumplir como mínimo seis (6) meses de permanencia. Si renuncia antes, la Cámara Argentino Portuguesa de Comercio Asociación Civil – CAPC, se verá facultada a facturar y exigir el cobro de los meses restantes para cumplir el período mínimo de permanencia.